Asamblea Constituyente: publicidad en internet también va a supervisión
Titular de primera plana en Ecuador: Fabricio Fantoni, de la Unidad de Control del Gasto Electoral del Tribunal Supremo dice que aunque la publicidad en Internet no está prohibida por el Estatuto Electoral, son gastos que los candidatos hacen dentro del proceso, y en caso de que no se reporten, se puede llevar a perder la dignidad para la que fueron elegidos de conformidad con lo que establece la Ley Orgánica del Gasto.
“El marco jurídico no es solo el Estatuto; tenemos la Ley del Gasto y el Instructivo del Juzgamiento de Cuentas”, aclara. En las próximas horas, el TSE redactará un listado de los proveedores de Internet para pedir la información de qué candidatos optaron por esta alterativa».
Los gastos de precampaña en la Internet también deberán ser reportados, aunque no se controlaron anteriormente.
¿Incluirá blogs? ¿o post de otros blogs a favor? ¿Y los candidatos que están subiendo videos en You Tube? Difícil…